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NUESTROS INMUEBLES.

Estos son nuestros inmuebles destacados del día de hoy.

Destacados
Venta
S/. 640,000
Venta

Departamentos de estreno – Surco

Cristóbal de Peralta Sur 851, Distrito de Lima 15023, Perú

Camas: 3Baños: 2.5m²: 121

Departamento

Hace 8 años

S/. 640,000

Camas: 3Baños: 2.5m²: 121

Departamento

Hace 8 años

Venta
US$ 580,000
Venta

LOCAL COMERCIAL EN COMPUPLAZA

Av Wilson, Lima, Perú

Cama: 1Baños: 2m²: 84

Local Comercial

Michelle Ramirez

Hace 8 años

US$ 580,000

Cama: 1Baños: 2m²: 84

Local Comercial

Hace 8 años

Destacados
Venta
US$ 7,500,000
Venta

LOCAL / TERRENO EN ESQUINA

Av. Nicolás de Ayllón 1695, Ate 15019, Perú

Baños: 3m²: 4400

Local Comercial, Terreno/Lote

Hace 8 años

US$ 7,500,000

Baños: 3m²: 4400

Local Comercial, Terreno/Lote

Hace 8 años

Destacados
Alquiler
S/. 1,800
Alquiler

OFICINAS DE ESTRENO 40m2 (5to piso)

Av. Ignacio Merino 1926, Lince 15046, Perú

Cama: 1Baño: 1m²: 40

Oficina

Michelle Ramirez

Hace 8 años

S/. 1,800

Cama: 1Baño: 1m²: 40

Oficina

Hace 8 años

Destacados
Venta
US$ 240,000
Venta

TERRENO EN LA CAMPIÑA – HUACHO

Campiña de Huacho, Perú

Baños: 2m²: 24000

Terreno/Lote

yellows

Hace 9 años

US$ 240,000

Baños: 2m²: 24000

Terreno/Lote

Hace 9 años

Pedidos

Entendemos el tiempo que te puede tomar encontrar el inmueble soñado, y por ese motivo queremos ayudarte en la búsqueda.

PREGUNTAS FRECUENTES

Si tienes alguna consulta, ponte en contacto con nosotros.

¿Qué es el impuesto de Alcabala?

Es un Impuesto que grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio. La tasa que se aplica para el cálculo es el 3% del valor del inmueble, luego de haber retirado el equivalente a 10 UIT. Este impuesto se paga en las oficinas del SAT.

¿Siempre se paga el impuesto de Alcabala?

No siempre, ya que este impuesto grava las transferencias de inmuebles a partir de su segunda venta. Esto quiere decir que si compras un inmueble de estreno te eximes de dicho pago, para lo cual debes solicitar en el SAT un certificado de exoneración, presentando los documentos que acrediten que se trata de una primera venta.

¿Qué es el impuesto a la renta?

Para el caso de enajenación o venta de un inmueble, es conocido como impuesto de 2da categoría (ganancia de capital), con una tasa de 5% sobre la utilidad que haya obtenido en la operación de transferencia. Para obtener el cálculo actualizado puedo solicitarlo en la notaría donde realice su operación. Este impuesto se cancela a la Sunat, y se puede realizar en los bancos afiliados.

¿En qué casos no se paga impuesto a la renta de 2da categoría?

1.Si el inmueble que va vender fue adquirido antes del 01.01.2004

2.Si es su casa/habitación y haya permanecido en su propiedad al menos 2 años.

3.Cuando no existe ganancia por la transferencia del inmueble.

¿Por qué es importante elegir un agente inmobiliario?

Las razones son diversas, y algunas de ellas son: conocimiento del sector, invertirá de manera eficiente en publicidad y difusión de su inmueble, alivia su carga de tiempo, obtención de documentación y trámites legales, existe un compromiso constante por llegar a una negociación justa y exitosa, etc.

¿Qué documentos necesito para vender mi inmueble?

HR y PU (copia): es la cartilla que emite la municipalidad de su distrito, para el caso de impuesto predial debe estar cancelado el año completo, en tanto los arbitrios hasta el mes de la transferencia.

Copia literal: no debe exceder los 30 días, caso contrario se solicita uno nuevo en SUNARP.

Copia del DNI: del titular, en caso de sociedad conyugal, también de la pareja.